C.S.C.C. permanece internado con diagnóstico reservado en el Hospital Carlos Van Buren tras ser atacado con un arma blanca por otros reclusos. El hecho se registró a tres días de su captura por la PDI y de decretarse su prisión preventiva por la balacera de junio que cobró dos vidas.
Agresión carcelaria tras la formalización
En estado de gravedad e internado en el Hospital Carlos Van Buren de Valparaíso permanece el recluso individualizado como C.S.C.C., formalizado hace pocos días como uno de los presuntos autores del fatal tiroteo que cobró la vida de dos jóvenes en el sector de Rodelillo. El individuo fue atacado al interior del Complejo Penitenciario de Valparaíso a escasas horas de ingresar al penal para cumplir la medida cautelar de prisión preventiva.
De acuerdo con antecedentes policiales, el sujeto fue abordado por internos en los patios del establecimiento carcelario, recibiendo al menos una estocada penetrante con un arma blanca de confección artesanal a la altura de la cavidad torácica. Debido al compromiso vascular y la gravedad de las lesiones, el personal de Gendarmería activó los protocolos de derivación de urgencia hacia el hospital base porteño, recinto asistencial donde permanece con diagnóstico reservado bajo custodia penitenciaria.
El prontuario de la causa y la búsqueda de cómplices
C.S.C.C. había sido detenido el pasado viernes por detectives de la PDI tras mantenerse prófugo durante cuatro meses por la balacera ocurrida el 3 de junio de 2026, jornada en la que murieron Ninoska Carvajal y Nashmia Escobar, además de resultar lesionadas otras siete personas.
En la audiencia del domingo, el fiscal Germán Klug consiguió su reclusión tras presentar peritajes de Meta que ubicaron su teléfono vía IP, un arma calibre .40 y la prueba del automóvil robado y quemado en Villa Alemana. El ataque carcelario obligó a Gendarmería a iniciar una investigación interna para individualizar a los agresores y readecuar las medidas de seguridad carcelaria en torno al imputado, mientras la PDI continúa tras la pista de los otros dos tiradores prófugos.
¿Qué alcance tiene el “Deber de Seguridad y Custodia” de Gendarmería de Chile sobre los imputados en prisión preventiva?
Conforme al artículo 1.º de la Ley Orgánica de Gendarmería (D.L. N.º 2.859) y el Reglamento de Establecimientos Penitenciarios (D.S. N.º 518):
- Segmentación obligatoria: La administración carcelaria tiene la obligación jurídica indelegable de velar por la vida e integridad física de las personas puestas a su disposición por los tribunales. Gendarmería debe realizar una clasificación y segmentación de riesgo inmediata para separar a internos primerizos de bandas rivales o reos de alta peligrosidad.
- Falta de servicio del Estado: Si un recluso en prisión preventiva resulta apuñalado o muere dentro de las celdas producto de riñas previsibles o falta de vigilancia en los patios comunes, se configura la falta de servicio del Fisco, facultando a los familiares a demandar indemnizaciones de perjuicios en sede civil en contra del Estado por omisión culpable de custodia.
(Fuente: Biobío)



