Miércoles, Septiembre 23, 2026
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Exfuncionario bajo investigación por tres años denuncia politización de la Contraloría

El afectado permaneció bajo procesos disciplinarios prolongados sin resolución definitiva sobre su responsabilidad funcionaria. El caso reabre el debate sobre la falta de certeza jurídica de las medidas cautelares preventivas en la administración pública.

Tres años de suspensión y dilación procesal

La extensión desmedida de los plazos en los procesos sumariales al interior del aparato público volvió a quedar en tela de juicio tras la denuncia pública de un exfuncionario estatal que permaneció durante tres años bajo régimen de sumario administrativo. El testimonio advirtió sobre las graves consecuencias laborales, económicas y de menoscabo personal provocadas por la demora del órgano fiscalizador en evacuar las vistas fiscales definitivas.

El denunciante relató que la falta de celeridad procesal no solo vulneró las garantías mínimas del debido proceso administrativo, sino que lo llevó a concluir que la actuación del órgano contralor ha estado permeada por criterios de conveniencia política. “He llegado a pensar que la Contraloría se politizó”, fustigó el exfuncionario al detallar cómo la prolongación artificial de la causa impidió ejercer su defensa de manera oportuna, dejándolo en una situación de indefensión continuada.

Certeza jurídica y garantías funcionarias

La situación expone una problemática recurrente en la gestión de personas en el Estado, donde sumarios instruidos con plazos teóricos de 20 o 30 días hábiles terminan extendiéndose por años debido a prórrogas sucesivas, vacancias periciales o retrasos en la toma de razón.

Especialistas en derecho administrativo señalan que la dilación inexcusable en los procedimientos disciplinarios vulnera el principio de inexcusabilidad y eficacia consagrado en la Ley de Bases Generales de la Administración, dejando abierta la vía para recurrir ante los tribunales superiores mediante recursos de protección por vulneración a la integridad psíquica y la igualdad ante la ley.

¿Cuáles son los plazos legales de un “sumario administrativo” y qué valor tiene el principio de plazo razonable en el Estatuto Administrativo?

En la Ley N.º 18.834 (Estatuto Administrativo), la fase indagatoria de un sumario administrativo debe cerrarse en un plazo legal estricto de 20 días hábiles, prorrogables fundadamente hasta por 60 días en casos calificados. No obstante, la jurisprudencia de la Corte Suprema ha fijado la doctrina del “plazo razonable”, determinando que la tramitación de un sumario por más de dos o tres años sin justificación técnica constituye una dilación indebida y arbitraria. Aunque la Contraloría sostiene administrativamente que los plazos del fiscal instructor no son fatales para la vigencia del proceso, los tribunales ordinarios han llegado a declarar la caducidad o el decaimiento de sumarios por vulnerar el derecho a ser juzgado en un tiempo razonable y el principio de seguridad jurídica.

(Fuente: Biobío)

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