El ente fiscalizador descartó ilegalidades en la licitación pública adjudicada durante el período de Jorge Sharp y posteriormente invalidada por la actual administración. Mientras el exalcalde exige explicaciones por el retraso de las obras, el municipio defiende la revisión técnica y enfrenta demandas indemnizatorias en tribunales.
Un pronunciamiento fiscalizador que reactiva la disputa
La modernización del alumbrado público en las calles y cerros de Valparaíso se ha transformado en el epicentro de un prolongado litigio administrativo, financiero y político. El conflicto cobró renovada fuerza tras conocerse el contenido de un dictamen de la Contraloría General de la República —evacuado originalmente en agosto de 2025— que desestimó la existencia de vicios o ilegalidades en las bases del concurso público que adjudicó el recambio masivo de más de 5.000 luminarias tradicionales de sodio por tecnología LED de alta eficiencia energética.
El proyecto, adjudicado en las postrimerías de la gestión del exalcalde Jorge Sharp, fue posteriormente objeto de un procedimiento de invalidación administrativa impulsado bajo el mandato de la alcaldesa Camila Nieto. Con el dictamen del órgano contralor sobre la mesa, Sharp sostuvo que la resolución ratifica el apego irrestricto a la legalidad de su administración, afirmando que las actuales autoridades, parlamentarios y ediles que respaldaron impugnaciones infundadas le deben una explicación a la comuna por haber frenado un avance sustantivo en la seguridad de los barrios porteños.
Defensa técnica comunal y riesgo patrimonial
En respuesta a los cuestionamientos, la administradora municipal de Valparaíso, Javiera García, defendió la potestad del municipio para invalidar contratos que presenten inconsistencias técnicas. La directiva explicó que la revisión municipal obedeció a la detección de irregularidades en la aplicación práctica de los criterios de adjudicación, remarcando el deber de cautelar inversiones que comprometen el erario comunal por varios años.
Sin embargo, el escenario procesal proyecta una compleja arista financiera. La empresa proveedora afectada por la anulación interpuso millonarias demandas de indemnización de perjuicios en los tribunales civiles, mientras concejales como Leonardo Contreras denunciaron que el pronunciamiento de Contraloría no fue puesto oportunamente en conocimiento del Concejo Municipal. En medio de las divergencias jurídicas, la reposición de las luminarias continúa en suspenso, postergando la optimización lumínica requerida por las familias en los distintos cerros de la ciudad puerto.
¿En qué consiste el principio de “invalidación de actos administrativos” y qué límites impone la ley chilena?
En el derecho administrativo chileno (artículo 53 de la Ley N.º 19.880), la invalidación es la potestad que posee una autoridad pública para dejar sin efecto un acto administrativo dictado por ella o por sus antecesores si constata que dicho acto adolece de vicios de legalidad. Esta atribución cuenta con estrictos límites jurídicos: debe ejercerse dentro del plazo perentorio de dos años desde la notificación del acto y exige otorgar una audiencia previa a los interesados para que formulen sus descargos. Si la Contraloría o los tribunales determinan que el acto original no infringía la ley, la entidad pública queda expuesta a reparar los perjuicios económicos causados a los terceros afectados por la anulación indebida.
(Fuente: Biobío)


