El operativo policial y municipal abarcará 74 mil metros cuadrados de terrenos privados inscritos a nombre de la empresa Esval. El procedimiento debió aplazarse durante un año por consideraciones humanitarias y de invierno, iniciándose el proceso de notificación personal a las familias.
Notificaciones en terreno y coordinación interinstitucional
La Delegación Presidencial Provincial de San Felipe de Aconcagua, en coordinación con Carabineros, el municipio local y la empresa sanitaria Esval, ratificó que el próximo miércoles 7 de octubre se ejecutará el lanzamiento y desalojo de la denominada Toma Yevide. La medida afectará a un asentamiento irregular donde residen cerca de 2.000 personas emplazadas sobre terrenos de la empresa sanitaria en la comuna de San Felipe.
El operativo responde a una sentencia judicial dictada en el marco de una causa penal por el delito de usurpación de inmuebles. En el fallo, el tribunal acreditó que las 7,4 hectáreas ocupadas corresponden a los denominados Lotes A1 (62.000 metros cuadrados) y A3 (12.000 metros cuadrados), ambos debidamente inscritos a nombre de Esval en el Conservador de Bienes Raíces de la ciudad. Como antesala a la intervención con fuerza pública, cuadrillas de funcionarios municipales y patrullas de Carabineros comenzaron a entregar notificaciones personales en cada vivienda para informar a los pobladores sobre el plazo perentorio de abandono voluntario.
Razones humanitarias y resguardos sociales
El delegado presidencial provincial, Sebastián Caldera, explicó que si bien la resolución judicial original autorizaba el desalojo a contar de octubre de 2025, la propia magistratura incorporó criterios de consideración humanitaria para no efectuar el desalojo durante los meses de invierno ni vulnerar condiciones extremas de habitabilidad, postergando la diligencia hasta la primavera de este año para planificar el repliegue.
Por su parte, el gerente general de Esval, Alejandro Romero, señaló que la compañía reconoce el impacto social del procedimiento y confirmó que se han articulado coordinaciones preventivas con los servicios del Estado para evitar situaciones de violencia. El operativo contempla la posterior instalación de cierres perimetrales y zanjas de seguridad para proteger la infraestructura hídrica de la provincia y evitar nuevas tomas irregulares sobre los predios.
¿Cuáles son las herramientas cautelares de “restitución temprana” que contempla la Ley contra la Usurpación en Chile?
Con la entrada en vigencia de la Ley N.º 21.633 (Ley de Usurpaciones), el Código Procesal Penal chileno incorporó en su artículo 157 bis la medida cautelar real de desalojo y restitución provisional del inmueble. Esta herramienta faculta a la víctima o al Ministerio Público a solicitar en cualquier etapa del proceso penal —incluso antes de la condena definitiva— el desalojo inmediato de los ocupantes ilegales si se acredita la titularidad del dominio ante el Conservador de Bienes Raíces y la flagrancia continuada del ilícito. La fuerza pública queda autorizada para descerrajar y allanar el recinto bajo apercibimiento de desacato, estableciendo plazos breves para la devolución material del terreno al propietario legal.
(Fuente: Biobío)


