Condenan a 20 años de presidio a hermanos por el asalto armado y robo de fusiles en el Fuerte Aguayo

Los imputados deberán cumplir 15 años por robo calificado y robo de material de guerra, además de 5 años por porte ilegal de armas de fuego y elementos prohibidos. El tribunal desestimó la solicitud de la Fiscalía, que pedía más de 50 años de privación de libertad.

Lectura de sentencia y desglose de las penas

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar dio a conocer este lunes la condena definitiva en contra de dos hermanos por su autoría en el robo con violencia de armamento militar perpetrado el 27 de febrero de 2025 en las instalaciones del Fuerte Aguayo de la Armada de Chile, en la comuna de Concón. Los magistrados impusieron a cada uno de los acusados una pena total de 20 años de presidio mayor en su grado máximo y medio de cumplimiento efectivo.

El desglose judicial fijó una sanción de 15 años de presidio mayor en su grado máximo por los delitos consumados de robo calificado y robo con violencia de material de guerra. A dicha pena se añadieron otros 5 años de presidio mayor en su grado mínimo por los ilícitos consumados de tenencia ilegal de arma de fuego y tenencia de arma prohibida (armamento de fabricación artesanal). La resolución judicial descartó la solicitud del Ministerio Público, que exigía una condena acumulada superior a los 50 años de presidio. Asimismo, los sentenciados fueron absueltos de los cargos de robo con violencia simple y porte no autorizado de municiones al considerarse subsumidos en las figuras complejas.

Recuperación del armamento y diligencias en desarrollo

Los condenados cumplirán la pena privativa de libertad en el Complejo Penitenciario de Valparaíso, recinto donde permanecen bajo prisión preventiva desde marzo de 2025. El tribunal ordenó abonar a la sentencia los más de 500 días que ambos han permanecido recluidos de manera ininterrumpida durante el desarrollo de la causa.

El fiscal a cargo del caso, Juan Carlos Catalán, destacó que las pesquisas permitieron recuperar rápidamente los dos fusiles de asalto antes de que ingresaran a los circuitos de venta del crimen organizado. Pese al fallo condenatorio contra ambos sujetos, la causa penal se mantiene abierta por parte del Ministerio Público y Carabineros, ya que la evidencia planimétrica y balística apunta a que al menos cuatro individuos participaron en la irrupción a la base militar, restando dar con el paradero de los restantes implicados.

¿En qué consiste el “abono de tiempo en prisión preventiva” en el cómputo final de las penas corporales?

En el derecho procesal penal chileno (artículo 348 del Código Procesal Penal y artículo 26 del Código Penal), el abono del tiempo privado de libertad es el descuento legal obligatorio que se aplica a toda condena efectiva de presidio por cada día en que el imputado haya permanecido sujeto a medidas cautelares privativas de libertad (como la prisión preventiva formal o el arresto domiciliario total) durante la sustanciación del juicio. Una vez ejecutoriada la sentencia definitiva, el tribunal emite una resolución de cómputo de pena donde resta exactamente el total de días cumplidos de manera cautelar, fijando la fecha exacta en la cual el recluso extinguirá su condena o podrá postular a libertades condicionales.

(Fuente: Biobío)