El ataque sexual contra una joven de 23 años se habría perpetrado al interior de una guarnición de Infantería de Marina en la isla. El municipio local ofreció respaldo social y jurídico a la víctima, mientras la Comandancia Naval comprometió colaboración irrestricta con la Fiscalía.
Medida cautelar gravosa y apoyo municipal
La formalización de dos funcionarios activos de la Armada de Chile por el delito consumado de violación sacudió a la comunidad de Rapa Nui. Los antecedentes judiciales indican que la agresión sexual afectó a una joven de 23 años de edad y tuvo lugar al interior de dependencias institucionales pertenecientes a una guarnición de la Infantería de Marina emplazada en la isla.
Frente a la gravedad del hecho imputado, el Juzgado de Letras y Garantía de Rapa Nui decretó la medida cautelar de prisión preventiva para ambos servidores navales mientras dure la investigación penal sustanciada por el Ministerio Público. La Municipalidad de Rapa Nui emitió una declaración pública comprometiendo apoyo social, contención psicológica y asesoría jurídica integral a la afectada y su núcleo familiar, instando a los tribunales ordinarios a actuar con la máxima diligencia y rigurosidad legal para sancionar con severidad los delitos denunciados.
Vía administrativa y pronunciamiento naval
Desde la institución castrense, el comandante de la Estación Naval de Isla de Pascua, capitán de fragata Miguel Bravo, confirmó la adopción de medidas disciplinarias internas en paralelo a las resoluciones de la sede jurisdiccional. El oficial superior informó que la institución dispuso la apertura inmediata de una investigación sumaria administrativa orientada a determinar las responsabilidades reglamentarias y evaluar la baja definitiva de los uniformados involucrados.
El mando naval sostuvo reuniones directas con la madre y los hermanos de la denunciante para garantizarles la total transparencia del proceso, remarcando que la rama de la defensa nacional entregó todas las facilidades probatorias y operativas requeridas por la Fiscalía para asegurar el éxito de las pericias criminalísticas en el recinto militar.
¿Cómo interactúa la Jurisdicción Penal Ordinaria con los “Sumarios Administrativos de las FF.AA.” en delitos comunes?
Bajo la reforma a la justicia militar (Ley N.º 20.477), cuando un uniformado comete un delito tipificado en el Código Penal común —como la violación o cualquier agresión sexual— o la víctima es de condición civil, el juzgamiento de la causa queda reservado de manera obligatoria y exclusiva a los tribunales de garantía y orales en lo penal del Poder Judicial ordinario, quedando inhibidos los Juzgados Navales Militares. En paralelo, la institución de las Fuerzas Armadas tramita un sumario administrativo interno que no persigue penas carcelarias, sino responsabilidades de orden de servicio y estatutarias. Este proceso interno puede resolver la separación de las filas y la destitución o baja por mala conducta de forma anticipada, sin tener que esperar la dictación de la sentencia penal definitiva.
(Fuente: Biobío)


