Viernes, Septiembre 18, 2026
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Pareja que utilizaba un local de completos y empanadas como fachada para vender drogas en Quilpué

Detectives de la PDI incautaron 100 envoltorios de cocaína base y dinero en efectivo en la población Pompeya. La investigación de análisis criminal acreditó que el recinto de comida rápida funcionaba como punto de acopio y comercialización al menudeo.

Allanamiento e incautación en la población Pompeya

Un operativo focalizado ejecutado por detectives de la Brigada de Investigación Criminal (Bicrim) de la Policía de Investigaciones (PDI) de Quilpué culminó con la desarticulación de un centro clandestino de venta de estupefacientes que operaba bajo la apariencia de un comercio gastronómico familiar. En el procedimiento se logró la captura de un hombre y una mujer, ambos adultos y de nacionalidad chilena.

La intervención policial tuvo lugar al interior de un inmueble situado en la emblemática población Pompeya. Según los antecedentes expuestos por la policía civil, el local comercial ofrecía habitualmente la venta de empanadas, completos y comida rápida al paso. No obstante, las técnicas de análisis criminal e inteligencia barrial permitieron verificar que la actividad comercial lícita servía de cobertura para ocultar transacciones ilícitas y el abastecimiento de consumidores directos en el sector.

Orden judicial de entrada y control de detención

El jefe de la Bicrim de Quilpué, subprefecto Emanuel Villalobos Iturriaga, explicó que las vigilancias discretas y las pruebas reunidas en terreno posibilitaron gestionar ante el Juzgado de Garantía local una orden judicial de entrada, registro e incautación para el recinto.

Al interior de las dependencias, los detectives encontraron 100 envoltorios dosificados con cocaína base listos para su distribución, además de sumas de dinero en efectivo en billetes de baja denominación derivadas de las transacciones. Ambos detenidos fueron puestos a disposición del Ministerio Público para su audiencia de control de la detención y posterior formalización de cargos por el delito de tráfico ilícito de estupefacientes en pequeñas cantidades.

¿Qué criterios técnicos diferencian el “tráfico ilícito de drogas” del “microtráfico” en la Ley N.º 20.000?

En la legislación antidrogas chilena (Ley N.º 20.000):

  • Microtráfico (artículo 4.º): Sanciona la posesión, transporte, comercialización o suministro de sustancias estupefacientes o psicotrópicas en pequeñas cantidades, siempre que la tenencia no esté justificada para un tratamiento médico exclusivo o para el consumo personal exclusivo y próximo en el tiempo. La pena asignada es de presidio menor en sus grados medio a máximo.
  • Tráfico de drogas ilícito (artículo 3.º): Se configura cuando las cantidades incautadas son significativas o cuando concurren factores agravantes de organización, tales como laboratorios de abultamiento, internación transfronteriza, redes logísticas de acopio industrial o armas de fuego destinadas a la defensa de la carga. La pena asignada parte en presidio mayor en su grado mínimo (de 5 años y un día a 15 años de presidio efectivo).

(Fuente: Biobío)

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