Lunes, Septiembre 28, 2026
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Contraloría ordena sumario a la Municipalidad de San Felipe por irregularidades en pileta y Alameda

El informe final del órgano contralor detectó faenas no valorizadas, pagos pendientes de resolución y multas calculadas en exceso de los topes legales contractuales. La casa consistorial dispone de un plazo de 15 días hábiles para instruir el procedimiento disciplinario y nombrar a un fiscal interno.

Hallazgos de fiscalización en la Plaza de Armas y bandejón central

Un severo Informe Final de Investigación Especial emitido por la Contraloría Regional de Valparaíso ordenó la apertura de un procedimiento disciplinario en la Municipalidad de San Felipe para establecer responsabilidades administrativas por la deficiente gestión técnica de contratos de obras públicas. La auditoría fiscalizó faenas ejecutadas entre 2024 y 2026, centrando sus observaciones en el proyecto de reposición de la pileta de la Plaza de Armas y en los trabajos de ornato y áreas verdes de la Alameda Bernardo O’Higgins, entre las arterias Portus y Toromazote.

Entre las principales anomalías detectadas en la Alameda, el ente de control constató trabajos ejecutados por más de $4 millones que no fueron incorporados en la valorización oficial, obligando a realizar una reevaluación técnica ante la imposibilidad de validar los avances informados por el municipio y la empresa contratista. Asimismo, en la obra de la pileta comunal se acreditaron dos estados de pago pendientes por más de $20 millones sin resolución formal, además de formularse inconsistencias en una multa por 106 días de retraso que superó los $33 millones, sobrepasando el tope máximo contractual estipulado en las bases, fijado en $24 millones.

Cuestionamientos del Concejo y trabas en el Plan Regulador

El concejal de San Felipe Ricardo Covarrubias calificó la situación como un hecho serio que requiere explicaciones urgentes de la administración municipal ante la mesa del Concejo Municipal. A su vez, el edil César Lazo apuntó a que estas falencias de gestión se suman a los reparos por la interpretación del Plan Regulador Comunal, normativa que ha paralizado la renovación de patentes comerciales en avenida Maipú y retrasado la apertura del nuevo Servicio de Alta Resolutividad (SAR) de salud.

La casa edilicia no emitió declaraciones públicas frente al pronunciamiento del órgano contralor. Conforme a la resolución notificada el 24 de septiembre, el municipio cuenta con un plazo fatal de 15 días hábiles para remitir a la Contraloría el decreto que ordene el sumario administrativo y formalice la designación del fiscal que liderará las indagatorias.

¿Qué límites imponen las bases administrativas a las “multas contractuales” en las obras públicas municipales?

En el marco de la Ley N.º 19.886 (de Compras y Contrataciones Públicas) y las Bases Generales de Contratación de Obras Municipales:

  • Finalidad conminatoria: Las multas por atraso buscan constreñir a la empresa constructora al cumplimiento de los plazos de entrega sin necesidad de demandar judicialmente perjuicios.
  • Tope máximo porcentual: Toda base administrativa debe fijar un límite porcentual máximo acumulado de multas (habitualmente entre un 10% y un 20% del valor total del contrato).
  • Liquidación del contrato: Si las multas calculadas sobrepasan dicho techo fijado en las bases, la Inspección Técnica de Obra (ITO) y el municipio están jurídicamente impedidos de seguir aplicando sanciones monetarias por sobre el tope; en ese escenario, la ley obliga a liquidar anticipadamente el contrato por incumplimiento grave y a ejecutar las pólizas de garantía de fiel y oportuno cumplimiento en resguardo de las arcas públicas.

(Fuente: Biobío)

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