El requerimiento de inaplicabilidad buscaba frenar la acusación por notable abandono de deberes presentada por exconcejales de la comuna. La causa involucra presuntas compras irregulares de terrenos municipales con sobreprecios determinados de hasta 3.000%.
Alzamiento de la suspensión y reactivación del tribunal electoral
La tramitación del requerimiento de remoción contra el alcalde de la comuna de Rinconada, Juan Galdames, superó una de sus principales barreras procesales en la sede constitucional. El pleno del Tribunal Constitucional (TC) resolvió rechazar el requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad interpuesto por la defensa del jefe comunal, determinando al mismo tiempo el alzamiento inmediato de la medida de suspensión del procedimiento que mantenía paralizada la causa.
Con este pronunciamiento, el Tribunal Electoral Regional (TER) de Valparaíso quedó plenamente facultado para reanudar el análisis de fondo de la acusación impulsada por un grupo de exconcejales de la comuna andina. Los requirentes acusan a Galdames de incurrir en infracción grave al principio de probidad administrativa y notable abandono de deberes, solicitando su destitución inmediata y la inhabilitación para ejercer cargos de representación pública por un período de cinco años.
El eje de la acusación por sobreprecio en adquisiciones
El expediente sancionatorio se fundamenta en los hallazgos de auditorías e investigaciones penales paralelas por el delito de fraude al Fisco, centradas en la adquisición de inmuebles y predios con fondos de la casa consistorial. De acuerdo con las denuncias formalizadas, el municipio autorizó compras de terrenos rústicos a valores comerciales artificialmente abultados, detectándose diferencias y sobreprecios que alcanzaron hasta un 3.000% por sobre las tasaciones periciales de referencia.
Tras la resolución del Tribunal Constitucional, las partes litigantes deberán concurrir ante el TER porteño para la etapa probatoria final. En dicha instancia, los magistrados electorales deberán calificar la legalidad de los decretos alcaldicios de compraventa y resolver si la actuación de Galdames constituyó un desfalco inexcusable que justifique la cesación de sus funciones edilicias.
¿Cómo opera el “recurso de inaplicabilidad por inconstitucionalidad” ante el Tribunal Constitucional en procesos electorales?
En el ordenamiento constitucional chileno (artículo 93 N.º 6 de la Carta Fundamental), el requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad es una acción que busca que el Tribunal Constitucional declare inaplicable un precepto legal cuya aplicación en una gestión judicial pendiente resulte contraria a la Constitución. Cuando una autoridad formula este requerimiento ante un proceso en el Tribunal Electoral Regional, suele solicitar una medida cautelar de orden de no innovar para paralizar el litigio principal. Si el pleno del TC declara inadmisible o rechaza el recurso por considerar que las normas invocadas se ajustan a las garantías de debido proceso, la suspensión cautelar decae de inmediato y la justicia electoral retoma el conocimiento del caso.
(Fuente: Biobío)


