Vecinos y agrupaciones ecológicas activaron una ofensiva judicial urgente para intentar frenar la edificación de más de 14 mil viviendas en Puchuncaví. Los recurrentes acusan que la inyección de 50 mil nuevos habitantes en una zona de sacrificio saturada colapsará los servicios básicos y destruirá el ecosistema marino de la zona.
Cincuenta mil nuevos habitantes en zona saturada
La prolongada e intensa pugna socioambiental que rodea al megaproyecto inmobiliario “Maratué” sumó un nuevo e importante capítulo de judicialización en la zona central de Chile. Diversas agrupaciones comunitarias y organizaciones ambientalistas concurrieron formalmente ante las oficinas del Segundo Tribunal Ambiental de Santiago para ingresar dos recursos de reclamación orientados a anular de raíz la Resolución de Calificación Ambiental favorable otorgada al complejo. La drástica contraofensiva comunitaria se activó inmediatamente después de que el Comité de Ministros del Estado rechazara los recursos de alzada previos ingresados por los vecinos.
El corazón de la controversia técnica radica en la colosal escala de la iniciativa, la cual proyecta la edificación planificada de 14.165 soluciones habitacionales distribuidas en un horizonte de desarrollo de 45 años. El director de la ONG Defensa Ambiental y asesor del movimiento Salvemos Quirilluca, Ricardo Frez, argumentó que meter a vivir a más de 50 mil personas en Puchuncaví viola abiertamente el principio precautorio del derecho internacional, considerando que el cordón industrial ya ostenta el triste estatus de ser una zona de sacrificio saturada por contaminantes químicos.
Frez advirtió que la masiva carga demográfica ejercerá una presión insostenible sobre los ya colapsados servicios sanitarios y de salud de la comuna, omitiéndose evaluar adecuadamente los riesgos de salud que arrastra levantar casas sobre suelos expuestos históricamente a la polución. Por la vereda del frente, la directora ejecutiva de Maratué, Claudia Lería, blindó la legalidad del plan asegurando que cumplen rigurosamente con la planificación urbana local vigente y que defenderán con solidez sus estudios técnicos ante los ministros del tribunal de Santiago, insistiendo en que es plenamente viable compatibilizar el desarrollo residencial con el resguardo de la biodiversidad de los acantilados.
¿En qué consiste el “Principio Precautorio” dentro del derecho ambiental?
El principio precautorio o de precaución es un pilar fundamental del derecho ambiental internacional y de la legislación chilena. Establece con claridad que cuando exista una sospecha fundada o una amenaza de daño grave o irreversible sobre la salud humana o el medioambiente, la falta de una certeza científica absoluta o de estudios definitivos no puede ser utilizada por el Estado ni por las empresas como una excusa para postergar la adopción de medidas de protección o para aprobar megaproyectos industriales o inmobiliarios potencialmente peligrosos en zonas vulnerables.
(Fuente: Biobío)



