El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar dictó un veredicto condenatorio unánime en contra de los 11 integrantes de “Los Piratas”. La peligrosa célula del Tren de Aragua amedrentaba los cerros mediante cobros extorsivos de “causas”, protegiendo su imperio delictivo con libretas de control financiero y un brazo armado que acribillaba a sus rivales.
Fachadas urbanas y rucos de muerte
Detrás de una pacífica y cotidiana fachada de repartidores de delivery y esforzadas manicuristas que decían ganarse la vida en las calles de Viña del Mar y Limache, se camuflaba una de las facciones criminales más sanguinarias y jerarquizadas de la Quinta Región. La Unidad de Investigación de Radio Bío Bío desnudó los antecedentes judiciales ocultos que permitieron al equipo ECOH de la Fiscalía de Valparaíso y a la Policía de Investigaciones (PDI) desarticular por completo a “Los Piratas”, una célula operativa vinculada directamente a la organización trasnacional Tren de Aragua. La agrupación delictiva mantenía un monopolio absoluto de la venta de sustancias ilícitas mediante la imposición de “causas” o vacunas extorsivas a microtraficantes locales y personas en situación de calle, ejecutando brutales venganzas armadas de hasta 41 impactos de bala en contra de quienes osaran desafiar su territorio en los rucos y caletas de la zona.
La bitácora de inteligencia policial logró desarmar la estructura contable de la mafia tras incautar una serie de cuadernos contables secretos donde los líderes registraban minuciosamente los flujos de dinero, las remesas enviadas al extranjero y los nombres de los cobradores. Tras acreditarse su participación en delitos de extrema gravedad como secuestro con homicidio, la Fiscalía Sur alista una solicitud de penas históricas que sumadas superan los 150 años de cárcel para la cúpula, requiriéndose el presidio perpetuo calificado para su cabecilla principal y presidio perpetuo simple para Juan José Farías, alias el “Chencho”. La subsecretaria de Seguridad Pública, Pilar Giannini, valoró positivamente el dictamen judicial en los tribunales viñamarinos, manifestando de forma categórica que el crimen organizado se combate con más Estado, más coordinación institucional y capacidades investigativas de alta fidelidad científica.
¿Cómo operan las tipificaciones de las penas de presidio perpetuo calificado y presidio perpetuo simple en Chile?
En el ordenamiento jurídico penal de Chile, el presidio perpetuo calificado constituye la sanción punitiva más severa y alta tras la abolición definitiva de la pena de muerte. Bajo este régimen severo, el condenado queda privado de su libertad de por vida y los tribunales tienen prohibido por ley concederle cualquier beneficio carcelario o postulación a la libertad condicional antes de que haya cumplido un piso mínimo e inamovible de 40 años de prisión efectiva en prisión. En contraste, el presidio perpetuo “simple” también priva de libertad de forma vitalicia al delincuente, pero le otorga el derecho administrativo de postular al beneficio de la libertad condicional una vez alcanzado un piso mínimo de 20 años de presidio efectivo tras las rejas.
(Fuente: Biobío)


