Cinco de los seis ediles ingresarán un requerimiento tras constatar que la exparlamentaria percibió un sueldo bruto de $3,9 millones en julio. Autoridades y gremios denuncian que la asesora ejerce funciones de facto como jefa de gabinete y alertan sobre el vínculo laboral de su pareja en el municipio.
Alza remuneratoria y reclamos en el Concejo Municipal
La contratación a honorarios de la exdiputada por la Región Metropolitana, Claudia Mix (FA), como asesora directa de la alcaldesa de Calle Larga, Dina González (PS), desencadenó una fuerte controversia administrativa y política en la comuna. Cinco de los seis concejales que componen el cuerpo edilicio formalizarán una denuncia ante la Contraloría General de la República para solicitar una auditoría especial sobre las funciones, asistencias e ingresos de la exlegisladora.
A través de los registros de la plataforma de Transparencia Activa, se constató que si bien el convenio inicial contemplaba una renta bruta de $2.339.000, durante el mes de julio Mix percibió un sueldo bruto que ascendió a $3.900.000 por labores de “apoyo técnico en salud, mujer y familia” y “asesoría a programa de gobierno local”. Concejales como Alex Cabezas (Ind.) y Bárbara Farías (PS) calificaron el monto de desproporcionado e injustificado para la realidad presupuestaria comunal, subrayando que la cifra supera incluso la remuneración del propio Administrador Municipal.
Denuncias de jefatura encubierta y escala parlamentaria
A las críticas sobre el monto se suma la inquietud por el rol operativo de Mix. Los concejales y dirigentes de la Asociación de Funcionarios Municipales denunciaron que la exdiputada estaría ejerciendo funciones directivas correspondientes a una jefa de gabinete sin contar con nombramiento de planta. Asimismo, los ediles cuestionaron que en la misma entidad edilicia se encuentre contratado Gerardo Flores, pareja de la exparlamentaria, quien percibe una remuneración bruta mensual de $1.946.903 por el diseño de intervenciones sociales.
La polémica escaló hasta el Congreso Nacional, donde el diputado Javier Olivares (PDG) instó al órgano contralor a fiscalizar el caso, recordando que el personal a honorarios tiene prohibición normativa de ejercer funciones jerárquicas o de mando. Ni la alcaldía de Calle Larga ni la exparlamentaria accedieron a entregar declaraciones públicas sobre los cuestionamientos antes del cierre de los reportes de prensa.
¿Cuáles son los límites legales para la contratación sobre la base de honorarios en las municipalidades chilenas?
En la Ley N.º 18.883 (Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales) y la doctrina reiterada de la Contraloría General de la República, los contratos sobre la base de honorarios son figuras excepcionales destinadas exclusivamente a la prestación de servicios accidentales, específicos y no habituales de la municipalidad, o para cometidos técnicos transitorios. Los prestadores de servicios a honorarios no tienen la calidad de funcionarios públicos de planta o contrata; por lo tanto, la ley les prohíbe de manera absoluta ejercer cargos de jefatura, representar jerárquicamente a la institución, firmar actos administrativos que comprometan recursos públicos o impartir órdenes directas al personal municipal.
(Fuente: Biobío)



